16/6/14

Por primera vez, un juez ordena devolver una vivienda a su dueña desahuciada








El 5 de mayo de 2014, el Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona declaró nulo un procedimiento de ejecución hipotecaria por haberse realizado al amparo de cláusulas abusivas y ha ordenado a Bankia la devolución de la vivienda a M.A.G.C., siguiendo la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Esta nueva sentencia, que confirma los postulados de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), abre la puerta para la recuperación de miles de viviendas por todas las personas que han sufrido desahucios por medio de prácticas bancarias abusivas y procedimientos judiciales ilegales.

Los fundamentos principales de esta decisión judicial son que el procedimiento de ejecución hipotecaria, lo que se conoce como desahucio, no permitió que el juez no valorase las claúsulas abusivas que posterioremente se han apreciado que efectivamente existían en aquella hipoteca.

Al haberse ejecutado la hipoteca bajo la legislación anterior sin respetar el derecho de defensa, la entidad financiera debe devolver la vivienda a sus propietarios y reponer todo el procedimiento al momento anterior a la demanda.

El juez responsable de la sentencia es José María Fernández Seijo, el mismo que elevó un caso anterior al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recibió por respuesta la sentencia contra la aplicación de la ley española de desahucios.

La PAH ha anunciado que en las próximas fechas iniciará una campaña de información para extender los efectos de esta sentencia a todas las ejecuciones hipotecarias y desahucios cometidos con violación de los derechos de las personas afectadas.


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