18/7/14

El Tribunal de Justicia de la UE falla contra la ley antidesahucios del PP








La ley hipotecaria que aprobó en solitario el PP hace 14 meses va en contra de los derechos fundamentales de los ciudadanos, según una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al considerar que la legislación española viola la Carta de Derechos Fundamentales de la UE.

El fallo del TJUE hecho público este jueves considera que la ley española coloca en una situación de inferioridad al deudor respecto del banco. En el caso de que un juzgado de lo mercantil dé la razón al hipotecado frente a la entidad porque considera que se ha aplicado una cláusula abusiva y suspenda la ejecución de una hipoteca, el banco puede recurrir en apelación. Pero si el juez sentencia a favor del banco, el deudor no puede recurrir en segunda instancia para solicitar esa suspensión de la ejecución hipotecaria. Solo si al final el juzgado de lo mercantil da la razón al hipotecado, éste recibirá una indemnización, pero ya habrá perdido su casa.

El texto del TJUE señala que la Ley Antidesahucios española viola el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales que establece que "toda persona cuyos derechos y libertades garantizados por el Derecho de la Unión hayan sido violados, tiene derecho a la tutela judicial efectiva, respetando las condiciones establecidas en el presente artículo". El Gobierno se verá obligado, por tanto, a reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil, por ser la ley de procedimiento en la que introdujo las modificaciones.

El tribunal falló en marzo de 2013 que la legislación española era "abusiva", en respuesta a una cuestión de un juzgado de Barcelona por el caso de un obrero marroquí que había sido expulsado de su casa en Martorell. El Ejecutivo llevó a cabo un mes después una reforma que no fue apoyada por ningún grupo de la oposición y suscitó un fuerte rechazo en la PAH. La Plataforma  había promovido una Iniciativa Legislativa Popular con un millón y medio de firmas, que incluía la dación en pago, y que los redactores de la ley ignoraron.

La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) celebra el fallo del TJUE porque considera que "reconoce la vivienda como bien de consumo de necesidad básica, de manera que nos pone un poco más cerca del reconocimiento de la vivienda como derecho fundamental", según su equipo jurídico.

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