La Comisión Europea hizo pública este miércoles su propuesta para distribuir a 120.000 demandantes de asilo llegados a Hungría, Grecia e Italia entre los 28 Estados miembros, a los que hay que añadir los 40.000 refugiados previstos en mayo, con lo que la cifra global será de 160.000 en dos años. España, en total, recibirá 17.680. Estas son algunas cuestiones relacionadas con este asunto.
¿Cuándo empezarán a llegar? Una vez que se apruebe el reglamento que establece la cuota de refugiados. El primer paso es que Italia, Grecia y Hungría, que son los países desde los que se transferirán solicitantes de asilo a otros Estados, notifiquen a una persona a qué país va ir con acuerdo del de acogida. Desde entonces hay dos meses para efectuar el traslado. En cualquier caso, está previsto que los 17.680 refugiados que acogerá España lleguen en los próximos dos años.
¿Cómo se van a distribuir por España? Nadie lo sabe hasta ahora. De forma habitual, la fase de acogida se desarrolla en uno de los Centros de Acogida de Refugiados (CAR) de titularidad pública ubicados en Madrid, Alcobendas (Madrid), Sevilla y Mislata (Valencia); que actualmente cuentan con 426 plazas; o a través de los centros gestionados por las ONG subvencionadas y que contaban hasta el momento con 560 plazas.
¿Cuánto cuesta acogerlos? El coste de acoger a un solicitante de protección internacional en España supone una media de 10.531 euros al año, según el cálculo que hizo Hacienda sobre la partida económica necesaria que introdujo en los Presupuestos de 2016 para acoger a las 2.749 personas que le asignó Bruselas en el primer reparto. Así, el coste total ascendería a 157,2 millones de euros.
¿Qué instituciones cubren estos gastos? Los Estados miembro recibirán 6.000 euros por cada persona asilada, con cargo al Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI). Así, la Unión Europea asumirá casi el 60% del coste de la acogida de los refugiados.
¿Quién coordina el proceso en España? El Ministerio del Interior, a través de la Oficina de Asilo y Refugio, es el responsable de la tramitación y las decisiones sobre las solicitudes. Esta institución es la encargada de facilitar la llamada 'tarjeta roja' que garantiza la protección internacional y reconoce la condición de demandante de asilo o de protección subsidiaria. El Ministerio de Empleo es el que se encarga de financiar los programas y servicios sociales que garantizan la cobertura de las necesidades básicas que les reconoce la ley por su condición de refugiados durante las tres fases que dura el programa de protección (acogida, integración y autonomía).
¿A qué prestaciones acceden y qué derechos tienen? Con la 'tarjeta roja', los refugiados pueden estar legalmente en el país y, seis meses después de haberla obtenido, acceder a un permiso de trabajo. Además, si son beneficiarios de asilo pueden acceder a la nacionalidad española a los cinco años de residencia. Los refugiados suelen estar hasta seis meses en los centros de acogida y, durante ese tiempo, se les presta alojamiento, manutención y asistencia psicosocial urgente y primaria así como ayudas monetarias para gastos personales de primera necesidad, como transporte, vestuario o escolaridad. Cuando dejan los centros y si están realizando algún tipo de formación pueden acceder a otras ayudas para facilitar su autonomía que son de alrededor de 595 euros por familia de cuatro miembros.
¿Qué pasa con las 'ciudades refugio' de Ada Colau? Decenas de ciudades se ha adherido a la iniciativa tomada por la alcaldesa de Barcelona, Ada Calau, a la que también se han sumado diversas autonomías, para acoger a refugiados, aunque nadie sabe cómo se articularán estas propuestas. La última, y única, reunión mantenida por la ministra de Empleo, Fátima Báñez, con las autonomías para abordar este asunto fue un auténtico fiasco pues el Ministerio no planteó ninguna propuesta.
¿Están los Estados miembros obligados a aceptar la cuota impuesta por la UE? Italia, Grecia y Hungría están exentos del reparto porque se considera que han recibido gran parte de la presión de los últimos meses y años. El Reino Unido e Irlanda tienen derechos de participación voluntaria en virtud de los Tratados, lo que significa que sólo participarán si quieren, y Dinamarca tiene un derecho de exclusión voluntaria, por lo que puede negarse a participar.
¿Y si un país no acepta el cupo? En un plazo de un mes después de que se adopte el reglamento, un Estado miembro puede alegar "razones excepcionales" para no aceptar la cuota. La Comisión tiene que valorar si los motivos están justificados. De ser así, el país deberá aportar el 0,002% de su PIB en concepto de solidaridad.
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