Las personas que se presenten a oposiciones a profesor en la Comunidad de Madrid podrán justificar su inasistencia por "razones religiosas u otras de naturaleza análoga", según la normativa que publica el boletín oficial de la comunidad. El tribunal de la prueba le dará otra fecha para hacer el examen.
Con carácter general, las instrucciones señalan que los aspirantes deberán estar presentes a la hora fijada para el examen, y serán excluidos quienes no comparezcan, "salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal".
Sin embargo, la resolución abre la puerta a la "inasistencia puntual" por "razones religiosas u otras de naturaleza análoga, siempre que con ello no se vulnere el principio de igualdad". El texto no fija en qué plazo debe comunicarse la voluntad de no asistir, solo establece que se haga "con la mayor antelación posible".
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